Así quedó estipulado luego de la aprobación del Reglamento de Estacionamientos Públicos y Servicio de recepción y Depósito de Vehículos de municipio de Corregidora.
Este fue aprobado por unanimidad durante sesión ordinario de cabildo.
Corregidora es hoy, el primer municipio del estado en prohibir el cobro en estacionamientos de plazas comerciales y cualquier establecimiento público a donde los ciudadanos acudan a hacer uso de los mismos.
Así quedó estipulado luego de la aprobación del Reglamento de Estacionamientos Públicos y Servicio de Recepción y Depósito de Vehículos del Municipio de Corregidora, durante sesión ordinaria de cabildo.
Este determina que los establecimientos, específicamente públicos, que actualmente se encuentran operando en la demarcación, no cobrarán por la prestación del servicio. Esto aplica a estacionamientos de giro comercial como hospitales, clínicas, salas de cine, auditorios, plazas comerciales, centros de diversión, entre otros.
Por otro lado, los acomodadores o “valet parking” sólo serán regulados y podrán seguir percibiendo el apoyo económico que cada usuario del servicio decida otorgar.
Dichas empresas estarán obligadas a contratar seguros para responder por robo y/o por daños, en caso de ser usado el servicio de acomodador o “valet parking”; de no hacerlo, podrá sancionarse el establecimiento, así lo dio a conocer Luis Vega Ricoy, síndico municipal.
Lo anterior, en respuesta a demandas y necesidades expresadas por los ciudadanos a través de diferentes medios y de redes sociales.
Con esta aprobación se da cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Estacionamientos Públicos y Servicio de Recepción y Depósito de Vehículos para el Estado de Querétaro, misma que concede a las distintas demarcaciones de la entidad, la facultad para regular dichas materias dentro de su ámbito territorial.
Entre los objetivos que se buscan alcanzar se encuentran:
A) Clasificar los diferentes tipos de estacionamientos.
B) Homologar el cobro de tarifas.
C) Establecer las responsabilidades de los prestadores del servicio.
D) Definir los requisitos para la apertura de un estacionamiento.
E) Establecer los motivos de infracción así como las sanciones en caso de faltas al Reglamento.
El Reglamento entrará en vigor al día siguiente de ser publicado en la Gaceta Municipal de Corregidora.