Beneficios Fiscales

Las personas que reúnan la calidad de pensionados o jubilados, tercera edad o con alguna discapacidad y/ o cónyuges de los mismos, así como madres y padres solteros que cuyo lugar de residencia sea el Municipio de Corregidora, Qro, y que cumplan con los siguientes requisitos que se detallan a continuación, podrán acceder a los beneficios fiscales que el Municipio de Corregidora brinda.

discapacidad pensionados
Presentar en original y copia

• Recibo predial al corriente del ejercicio fiscal anterior.
• Credencial de elector vigente*.
• Acta de nacimiento.
• CURP Certificada.
• Escritura Pública inscrita en el Registro Público de la Propiedad.
• Carta expedida por cualquier institución de salud pública que certifique la discapacidad en
grado 3 a 5 en la escala de valoración de la Cruz Roja.
Documentos no mayores a 3 meses:
• Constancia de Situación Fiscal.
• Comprobante de domicilio (agua, luz o teléfono)*.
• Comprobante de ingresos.
SI ESTÁ CASADO
Presentar en original y copia
• Acta de matrimonio.
• Acta de nacimiento del cónyugue.
• Credencial de elector vigente del cónyuge.

IMPORTANTE: Debe ser la única propiedad del solicitante, habitar el inmueble y no destinarlo al
arrendamiento o comercio, para ser acreedor al beneficio.
*DEBE COINCIDIR CON EL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD.
Recepción de documentación hasta el 30 de septiembre de 2026, y/o mientras exista suficiencia
presupuestal para continuar con el programa.

 

Presentar en original y copia

• Recibo predial al corriente del ejercicio fiscal anterior.
• Credencial de elector vigente*.
• Credencial pensionado o resolución que acredite estado de pensión.
• Acta de nacimiento.
• CURP Certificada.
• Escritura Pública inscrita en el Registro Público de la Propiedad.
Documentos no mayores a 3 meses:
• Constancia de Situación Fiscal.
• Comprobante de domicilio (agua, luz o teléfono)*.
• Comprobante de ingresos.
SI ESTÁ CASADO
• Presentar en original y copia
• Acta de matrimonio.
• Acta de nacimiento del cónyugue.
• Credencial de elector vigente del cónyuge.

IMPORTANTE: Para ser el acreedor al beneficio, debe ser la única propiedad del solicitante, habitar
el inmueble y no destinarlo al arrendamiento o comercio.
*DEBE COINCIDIR CON EL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD.
Recepción de documentación hasta el 30 de septiembre de 2026, y/o mientras exista suficiencia
presupuestal para continuar con el programa

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Presentar en original y copia

• Recibo predial al corriente del ejercicio fiscal anterior.
• Credencial de elector vigente*.
• Credencial de INAPAM vigente*.
• Acta de nacimiento.
• Escritura Pública inscrita en el Registro Público de la Propiedad.
• CURP Certificada.
Documentos no mayores a 3 meses:
• Constancia de Situación Fiscal.
• Comprobante de domicilio (agua, luz o teléfono)*.
• Comprobante de ingresos.
SI ESTÁ CASADO
Presentar en original y copia
• Acta de matrimonio.
• Acta de nacimiento del cónyugue.
• Credencial de elector vigente del cónyuge.

IMPORTANTE: Para ser acreedor al beneficio, debe ser la única propiedad del solicitante, habitar el
inmueble y no destinario al arrendamiento a comercio.
*DEBE COINCIDIR CON EL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD.
Recepción de documentación hasta el 30 de septiembre de 2026, y/o mientras exista suficiencia
presupuestal para continuar con el programa.

Presentar en original y copia

• Recibo predial al corriente del ejercicio fiscal anterior.
• Credencial de elector vigente*.
• Acta de nacimiento.
• CURP Certificada.
• Escritura Pública inscrita en el Registro Público de la Propiedad.
• Acreditación de la guardia y custodia con documento judicial, en su caso.
• Dependientes económicos no mayores de 18, con constancia de estudios, o mayores de
edad con discapacidad.
Documentos no mayores a 3 meses:
• Constancia de Situación Fiscal.
• Comprobante de domicilio (agua, luz o teléfono)*.
• Comprobante de ingresos.

IMPORTANTE: Debe ser la única propiedad del solicitante, habitar el inmueble y no destinarlo al
arrendamiento o comercio, para ser acreedor al beneficio.
*DEBE COINCIDIR CON EL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD
Recepción de documentación hasta el 30 de septiembre de 2026, y/o mientras exista suficiencia
presupuestal para continuar con el programa.