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Nombre del Trámite o servicio: Inscripción de sentencias

Tipo: Tramite

 Homoclave : TR-330-008

Dependencia Responsable: Dirección de Registro Civil.

Unidad Administrativa Responsable: Dirección de Registro Civil.

Descripción Ciudadana: Las autoridades judiciales que declaren la ausencia, la presunción de muerte de personas, la pérdida o limitación de la capacidad legal para administrar bienes o disciernan la tutela de los incapacitados, remitirán al Director del Registro Civil, copia certificada de la ejecutoria respectiva de auto de discernimiento, para que se levante el acta correspondiente, en la Oficialía respectiva.

Objetivo General: Acreditar que la persona no está presente o que tienen incapacidad legal para ejercer obligaciones.

Beneficios que se obtienen: Nombrar administradores de bienes en juicios patrimoniales.

Sector Económico de mayor incidencia: Actividades legislativas, gubernamentales, de impartición de justicia y de organismos internacionales y extraterritoriales.

Subsector Económico de mayor incidencia:  Actividades legislativas, gubernamentales y de impartición de justicia.

Presentar:

Requisitos Descripción Original/Copia
Oficio de la Dirección Estatal Documento en el que El Director Estatal solicita al oficial de Registro Civil levanta el acta  y realizar la anotación correspondiente Original y Copia
copia certificada de la sentencia ejecutoriada Auto Judicial en el cual se establecen los términos de la sentencia Original y Copia
identificación de la persona que realiza el trámite Documento que acredita la identidad del solicitante Original y Copia

Pasos para Realizar Presencial:

Entregar documentos en ventanilla los requisitos se deben presentar completos y legibles
se corrobora la informacion para continuar indica que los requisitos se completaron y se procede con el tramite
en caso de ser negativo se solicita completarlos el usuario se retira hasta que completa información y regresa al N. 1
Se procede a capturar el acta, imprimir vista previa y entregar a usuario el usuario revisa si estan correctos
si no estan correctos se procede a corregir, revisar de nuevo , guardar definitivamente, imprimir los tantos en las formas valoradas reciben la impresión para proceder a firmar los que en ella intervengan
se resguardan el apendice y las actas el usuario recibe su acta

Horario de Atención: De 8:30 hrs. a 15:00 hrs

Costos:

$760.00

Los plazos de respuesta son inmediatos, la vigencia es permanente.

Código Civil para el Estado de Querétaro.

Ley de Ingresos Municipal.

Ficha del Tramite

Secretaría de Atención Ciudadana

 

CAM Pueblito

Av. Ex hacienda el Cerrito No. 100

El Pueblito Corregidora

Teléfono 442 2096000 ext. 8022, 7597, 7596, 5520

 

CAM Candiles

Av. Candiles No. 204 (Plaza Candiles)

Teléfono: 4422096000 ext. 3037

 

Lugares donde Puede Realizar el Tramite:

Oficialía de Registro Civil de El Pueblito Ex Hacienda el Cerrito, número 100, El Pueblito, Corregidora, Querétaro.
Oficialía de Registro Civil de Santa Bárbara Adolfo de la Huerta, s/n, Santa Bárbara, Corregidora, Querétaro.
Oficialía de Registro Civil de Joaquín Herrera Ex Hacienda Joaquín Herrera s/n, La Cueva, Corregidora, Querétaro. Lunes a viernes de 8.30 a 15:00

En Todas las Oficialías.

Oficialía de Registro Civil de San José de Los Olvera Avenida Prolongación Candiles, Camino Real,  Corregidora, Querétaro.
Oficialía de Registro Civil del Hospital Santiago Camino a los Olvera 315, Los Olvera, Corregidora, Querétaro.

* Para atención a quejas referente a la información relacionada con este trámite, dirigirse a:

Dirección de Mejora Regulatoria

Correo electrónico: mejora.regulatoria@corregidora.gob.mx

Teléfono: 4422096000 ext. 3037

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