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Nombre del Trámite o servicio: Constancia de No Adeudo Predial y/o Constancia de Recibo Predial.

Tipo: Trámite.

Homoclave: TR-420-002.

Dependencia Responsable: Secretaría de Tesorería y Finanzas.

Unidad Administrativa Responsable: Dirección de Ingresos.

Descripción Ciudadana: Emitir constancias de no adeudo por concepto de pago de predial y/o emitir la certificación correspondiente al anverso del recibo predial que obre en la Dependencia.

Objetivo General: Acredita que un contribuyente está al corriente en el pago de su impuesto predial y no tiene adeudos pendientes, asimismo permite demostrar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Beneficios que se obtienen: N/A

Sector Económico de mayor incidencia: N/A

Subsector Económico de mayor incidencia: N/A

No.

Nombre del Requisito Descripción requisito

Original o Copia

1

Formato predeterminado. Solicitud de emisión de la constancia al Municipio de Corregidora, Qro. Original

2

Documento con el cual acredita su personalidad. Identificación oficial o carta poder Original y Copia

3

Documento con el cual acredite la propiedad. Escritura, título de propiedad o notificación catastral. Original y Copia

4

Identificación oficial (INE, Pasaporte, Cédula Profesional). Identificación con la finalidad de acredita su personalidad. Original y Copia

Modalidad presencial.

No.

Nombre del Paso

Condicionantes del paso

1 Entregar solicitud en ventanilla Los requisitos deben entregarse completos y legibles
2 Corroborar que la información es correcta para continuar El usuario de ventanilla indica si el trámite puede continuar
3 Realizar el pago En caso de que sea procedente la emisión de la constancia, realizar el pago.
4 Recepción de Constancia Presentarse al día siguiente con su recibo de pago para recibir el documento.

Necesidad de Agendar cita

No

Horario de Atención:  De 8:30 hrs. a 16:30 hrs.

Costos

Por la expedición de constancias de no adeudo de contribuciones solicitadas por los interesados, se causará y pagará: $155.00.

Tiempo de respuesta

24 horas.

Tipo de resolución

Certificación.

Ley de Ingresos del Municipio de Corregidora, Qro., para el ejercicio fiscal 2025.

Artículo 33, fracc. XV

Código Fiscal del Estado de Querétaro.

Artículo/ 52

Ficha de  Constancia de No Adeudo Predial / Recibo de Predial

Comisión de Mejora Regulatoria del Municipio de Corregidora, Qro.
Lic. Carolina Espíndola García
Comisionada de Mejora Regulatoria

Dirección de Mejora Regulatoria adscrita a la Secretaría de Atención Ciudadana

Correo Electrónico: mejora.regulatoria@corregidora.gob.mx
Edificio 1, Planta Baja, Centro de Atención Municipal, ubicado en: Ex Hacienda El Cerrito número 100, El Pueblito Corregidora, Querétaro.
Teléfono:2096000 ext 3037

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