Nombre del Trámite o servicio: Inscripción de sentencias
Tipo: Tramite
Homoclave : TR-330-008
Dependencia Responsable: Dirección de Registro Civil.
Unidad Administrativa Responsable: Dirección de Registro Civil.
Descripción Ciudadana: Las autoridades judiciales que declaren la ausencia, la presunción de muerte de personas, la pérdida o limitación de la capacidad legal para administrar bienes o disciernan la tutela de los incapacitados, remitirán al Director del Registro Civil, copia certificada de la ejecutoria respectiva de auto de discernimiento, para que se levante el acta correspondiente, en la Oficialía respectiva.
Objetivo General: Acreditar que la persona no está presente o que tienen incapacidad legal para ejercer obligaciones.
Beneficios que se obtienen: Nombrar administradores de bienes en juicios patrimoniales.
Sector Económico de mayor incidencia: Actividades legislativas, gubernamentales, de impartición de justicia y de organismos internacionales y extraterritoriales.
Subsector Económico de mayor incidencia: Actividades legislativas, gubernamentales y de impartición de justicia.
Presentar:
Requisitos | Descripción | Original/Copia |
Oficio de la Dirección Estatal | Documento en el que El Director Estatal solicita al oficial de Registro Civil levanta el acta y realizar la anotación correspondiente | Original y Copia |
copia certificada de la sentencia ejecutoriada | Auto Judicial en el cual se establecen los términos de la sentencia | Original y Copia |
identificación de la persona que realiza el trámite | Documento que acredita la identidad del solicitante | Original y Copia |
Pasos para Realizar Presencial:
Entregar documentos en ventanilla | los requisitos se deben presentar completos y legibles | |||||||||
se corrobora la informacion para continuar | indica que los requisitos se completaron y se procede con el tramite | |||||||||
en caso de ser negativo se solicita completarlos | el usuario se retira hasta que completa información y regresa al N. 1 | |||||||||
Se procede a capturar el acta, imprimir vista previa y entregar a usuario | el usuario revisa si estan correctos | |||||||||
si no estan correctos se procede a corregir, revisar de nuevo , guardar definitivamente, imprimir los tantos en las formas valoradas | reciben la impresión para proceder a firmar los que en ella intervengan | |||||||||
se resguardan el apendice y las actas | el usuario recibe su acta |
Horario de Atención: De 8:30 hrs. a 15:30 hrs
Costos:
$760.00
Los plazos de respuesta son inmediatos, la vigencia es permanente.
Código Civil para el Estado de Querétaro.
Artículo/123 al 126
Ley de Ingresos Municipal.
Artículo/27, fracción I
Secretaría de Atención Ciudadana
CAM Pueblito
Av. Ex hacienda el Cerrito No. 100
El Pueblito Corregidora
Teléfono 442 2096000 ext. 8022, 7597, 7596, 5520
CAM Candiles
Av. Candiles No. 204 (Plaza Candiles)
Teléfono: 4422096000 ext. 3037
Lugares donde Puede Realizar el Tramite:
Oficialía de Registro Civil de El Pueblito | Ex Hacienda el Cerrito, número 100, El Pueblito, Corregidora, Querétaro. | |
Oficialía de Registro Civil de Santa Bárbara | Adolfo de la Huerta, s/n, Santa Bárbara, Corregidora, Querétaro. | |
Oficialía de Registro Civil de Joaquín Herrera | Ex Hacienda Joaquín Herrera s/n, La Cueva, Corregidora, Querétaro. | Lunes a viernes de 8.30 a 15:00
En Todas las Oficialías. |
Oficialía de Registro Civil de San José de Los Olvera | Avenida Prolongación Candiles, Camino Real, Corregidora, Querétaro. | |
Oficialía de Registro Civil del Hospital Santiago | Camino a los Olvera 315, Los Olvera, Corregidora, Querétaro. |
* Para atención a quejas referente a la información relacionada con este trámite, dirigirse a:
Dirección de Mejora Regulatoria
Correo electrónico: mejora.regulatoria@corregidora.gob.mx
Teléfono: 4422096000 ext. 3037